«indulto» es un(a) sustantivo del español de género masculino. Significa: Remisión total o parcial de la pena impuesta a una persona condenada, otorgada por la autoridad competente (generalmente el jefe de Estado) como acto de gracia. Se usa sobre todo en el ámbito de derecho.
Remisión total o parcial de la pena impuesta a una persona condenada, otorgada por la autoridad competente (generalmente el jefe de Estado) como acto de gracia.
“El presidente concedió un indulto a varios presos políticos tras la reforma constitucional.”
1. Remisión total o parcial de la pena impuesta a una persona condenada, otorgada por la autoridad competente (generalmente el jefe de Estado) como acto de gracia.
Del latín "indultum", participio pasivo de "indulgere" que significa ‘ser indulgente, perdonar’. El prefijo "in-" intensifica y el verbo "dultare" proviene de "dūcere" (conducir).
indulto es un(a) sustantivo de nivel avanzado.